Francisco Ángel González

El Saucejo
Sevilla
Montero Gómez, Félix J.
Moreno, de buena estatura, pelo castaño y ojos pardos, jornalero del campo, sin instrucción, era el tercero de los seis hijos de Juan Ángel Cano y Amalia González Torres, tenía 27 años de edad, estaba casado con Ana González Moya y vivía con su familia en la aldea de Navarredonda (El Saucejo, Sevilla).

Huido de la localidad el día en que la asaltó la tropa acaudillada por el cabecilla carlista Luis Redondo García, permaneció en zona republicana hasta poco después de la caída de Málaga y cuando entonces regresó a El Saucejo fue objeto al poco de llegar de la siguiente

Información instruida contra el vecino de esta villa Francisco Ángel González por su participación en el movimiento revolucionario que tuvo lugar en este pueblo durante los meses de julio y agosto del año pasado.

Francisco Pujalte Peralta, teniente de la segunda compañía de la comandancia de la Guardia Civil de Sevilla-Exterior y en la actualidad jefe de la línea y comandante militar de El Saucejo, por la presente información, y auxiliado al efecto por el guardia Ángel Fernández Ordóñez, hago constar: Que habiendo regresado a esta población el vecino de la misma Francisco Ángel González, el cual se encontraba huido y, según noticias, tomó parte en el movimiento revolucionario y los actos delictivos cometidos en esta localidad durante el dominio rojo; en el día de hoy, 7 de marzo de 1937, procedí a su detención e interrogatorio acerca de su actuación en dicho movimiento, y esto fue lo que respondió: Que cuando estalló el Movimiento se encontraba en su casa y a los seis o siete días «un tal Juan, conocido por Juanillo Cacha», de Navarredonda, le dijo que tenía que hacer guardias en donde le tocara, para lo cual ese mismo individuo le entregó una escopeta de un cañón, con la que estuvo prestando el servicio de guardia durante unos cinco o seis días en las inmediaciones de la citada aldea, «y a la vista de la carretera de Los Corrales, con la consigna de avisar si venían tropas Nacionales e impedirles el paso»; siendo el jefe de dichas guardias «en este sector» el referido Juanillo Cacha, quien también era el «encargado de entregar las armas». Que durante otros ocho o diez días estuvo dedicado, porque se «lo mandaron de parte del Alcalde Armayones, a medir el trigo de la casa» de su convecino Juan Pérez Pérez, el cual se había marchado huyendo a Osuna y de cuya casa, que resultó «asaltada y saqueada», se sacaron «como unas trescientas fanegas de dicho cereal» durante los días ésos en que él se dedicó a la mencionada faena. Que no participó en el asalto a la casa-cuartel de la Guardia Civil, ni en la persecución de los guardias desde que éstos la evacuaron hasta que fueron asesinados, pues la noche en que ello ocurrió «estaba durmiendo en su casa»; y a la mañana siguiente se marchó al campo con su familia y «durmió en el Cortijo de La Lebrona y Rancho de la Marquesa», de donde volvió a los dos días «para recoger comestibles», y luego se fue otra vez a dicho rancho, desde el que, a la llegada de «la Columna» al pueblo, se marchó a Casarabonela y se instaló en un cortijo llamado «El Lagar de los Cantareros», donde se dedicó al cuidado de un rebaño de «29 cabras de su propiedad» que se llevó consigo y cuya leche vendía «todos los días en Álora», hasta que regresó a El Saucejo trayéndose con él las cabras.

A continuación de la declaración anterior que firman, por no saber hacerlo el detenido, los dos testigos que la han presenciado: Liborio Pérez y Ramón Naranjo- comparece, también como testigo, el industrial, de 42 años de edad y de estado civil soltero, Antonio Morales Bellido, vecino de Navarredonda; quien, requerido para que diga si conoce a Francisco Ángel González y sabe de alguna manera si tomó parte activa en el movimiento revolucionario, responde que conoce al referido sujeto por vivir ambos en la misma aldea y sabe, por haberlo visto, que desde que estalló el movimiento revolucionario era uno de los que andaban con las armas en la mano al lado de los rojos, habiéndolo visto también en saqueos de granos de las casas; sabe igualmente que actuó con «la caballería armada que hacía vigilancia por el campo», y que también fue uno de los que estuvieron en «la toma de Villanueva de San Juan» cuando esta localidad, después de haber sido tomada por fuerzas nacionales, se hallaba «guarnecida por Falangistas», a los cuales hicieron «huir hacia Morón», y después de hacerse dueños del pueblo cometieron varios asesinatos y saqueos de domicilios, constándole todo esto por haberlo visto al regresar de Villanueva cuando venía cargado «con sacos de ropas y efectos procedentes de los saqueos».

Seguidamente se presenta ante el que suscribe, asimismo como testigo, Enrique Galván Conde, industrial, de 27 años de edad, domiciliado también en la aldea de Navarredonda; el cual, interpelado por mí en los mismos términos que el compareciente anterior, dice sobre Francisco Ángel González que lo conoce y tuvo ocasión de verlo en varias ocasiones «durante el periodo revolucionario» dedicado a saquear algunos edificios y llevando siempre una escopeta colgada; también lo vio cuando, después de haber ido a «reconquistar» Villanueva de San Juan, a su regreso venía enseñando a todas las personas que encontraba a su paso «los sacos que traía llenos de ropa y efectos procedentes de robo»; haciendo constar igualmente que a diario lo estuvo viendo con los demás individuos que formaban parte de un grupo de caballería que tenían formado para la vigilancia del campo; y que, aunque no puede precisar si tomó parte en el asalto a la casa-cuartel de la Guardia Civil, en la tarde del día 20 de agosto, «o sea varias horas antes del asalto», y en ocasión de ir el declarante para la aldea de Navarredonda, se encontró en el camino al sujeto en cuestión que, acompañado de otros varios todos ellos armados de escopetas, venían en dirección opuesta, hacia el pueblo; «lo que hace suponer que fuese uno de tantos» de los que participaron en dicho asalto.

«Excelentísimo Señor General Gobernador Militar de la provincia»: Una vez practicada la presente información contra el vecino de la aldea de Navarredonda Francisco Ángel González, y resultando de ella que es responsable de actos delictivos cometidos durante el movimiento revolucionario en la localidad, ha sido detenido e ingresado en la cárcel de este pueblo a disposición del «Ilustrísimo Señor Auditor de Guerra de la División».

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Desde la Auditoría de guerra del llamado «Ejército del Sur», tras haberse recibido en ella la precedente información del comandante militar de El Saucejo, se ordenó al juez de carrera Domingo Onorato Peña, titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Sevilla y habilitado como capitán para el ejercicio de funciones jurídico militares, que tramitara un procedimiento sumarísimo de urgencia contra Ángel González. Para lo que dicho magistrado pidió informe sobre él al alcalde de su pueblo, y el siguiente día 14 se trasladó a El Saucejo para interrogar al hombre, que —vistiendo «al estilo del país como obrero», según observó Onorato— esto fue lo que contestó al interrogatorio:

A mí, como perteneciente a la UGT, el comité me ordenó que hiciera «guardias de vigilancia por si venían gentes del pueblo de Los Corrales». Hice «cuatro o seis» guardias con una escopeta en el sitio que me asignaron, «o sea en el olivar de Carlos Gago», donde los compañeros, conforme nos íbamos relevando unos a otros, entregábamos el arma al que venía a sustituirnos. También fui a medir trigo, «por orden del Alcalde», al domicilio de Juan Pérez; pero no intervine en absoluto en el asalto al cuartel de la Guardia Civil, ni en la muerte de los guardias, ni en ningún otro «suceso sangriento». Estando en el «Cortijillo» al que me marché con mi mujer entraron en el pueblo las fuerzas del ejército, y «los obreros que iban huyendo» me obligaron a incorporarme a ellos; así llegué hasta Almargen y luego, dejando a mi mujer atrás, me trasladé a un cortijo en el término de Casarabonela. Más tarde, yendo para Pizarra, «se produjo el avance del Ejército» y me interné en la provincia de Málaga. Como no conocía el terreno, me perdí y aparecí en Bobadilla, en donde un capitán del ejército me «aconsejó» que regresara a El Saucejo. Así lo hice y, al llegar, me presenté en el cuartel de la Guardia Civil; debiendo hacer constar que, durante mi ausencia de este pueblo, no he sido «miliciano Rojo» ni he tomado parte en trabajos «de defensa guerrera»; tampoco he percibido ningún socorro ni subsidio de ninguna clase, sino que comía de lo que unas cabras de mi «hermano», que me llevé al huir, me producían.

El mismo 14 de marzo, el alcalde, Fernando Escribano Escalante, informó sobre el detenido diciendo que se trataba de un individuo «peligroso por su actuación en el pasado movimiento». Nueve días más tarde, el juez Domingo Onorato lo procesó por rebelión militar, y el día 19 de abril siguiente fue conducido a Montellano para ser juzgado por un llamado «Consejo de Guerra Especial Permanente» que bajo la presidencia del coronel de caballería José Alonso de la Espina y Cuñado se reunió allí a las tres y media de la tarde en un edificio destinado a escuela de niños. El fiscal, un funcionario de la Audiencia de Sevilla llamado Francisco Fernández Fernández, pidió que lo condenaran a muerte, «dados los crímenes cometidos en el pueblo de El Saucejo durante la dominación roja»; mientras que el capitán de complemento procedente de la Guardia Civil, Miguel García-Loma Barrachina, que actuaba como defensor suyo, alegó que no era «posible», y así lo esperaba del tribunal, que «por el solo hecho» de que se hubieran cometido crímenes en ese pueblo, «sin saberse quien», se condenara al procesado a pena tan grave como la solicitada por el fiscal.

La sentencia, redactada por el juez de primera instancia de Lora del Río, Eugenio Fernández-Picón Martín, declaró como hechos probados que Francisco Ángel González, «por sus antecedentes», era peligroso, de ideología izquierdista y afecto a la Unión General de Trabajadores; intervino directamente en el movimiento revolucionario desarrollado en El Saucejo, pues hizo guardias armado con una escopeta, participó en saqueos de granos «de las casas» y formó parte de «la caballería armada»; interviniendo también en la toma de Villanueva de San Juan, pueblo del que se apoderaron y donde se cometieron varios asesinatos. El tribunal consideró que los hechos ocurridos en El Saucejo durante los días en que la localidad estuvo en poder «de los rebeldes» revistieron una extraordinaria gravedad, pues fueron asesinadas varias personas de orden, «entre ellas el Cura Párroco y la totalidad de los Guardias Civiles que guarnecían dicho pueblo, en número de siete, un Cabo, un Sargento y un Oficial», por lo que tal gravedad había «de tenerse necesariamente en cuenta» a la hora de determinar «la cuantía de la responsabilidad» correspondiente al procesado, el cual tuvo participación personal y directa en la realización de los hechos.

Condenado a la pena de muerte por rebelión militar con agravantes —«importancia del delito», «intervención voluntaria» en el mismo y la «perversidad» implícita en hechos de tal gravedad—, a Francisco Ángel González le notificaron la sentencia en El Saucejo sobre las nueve de la noche; y al día siguiente, 10 de mayo de 1937, a la una y media de la madrugada, lo mataron a tiros y le dieron sepultura en el cementerio municipal. Por orden del comandante militar, Francisco Pujalte, la defunción se inscribió ese mismo día a las diez menos cuarto de la mañana en el Registro Civil de la localidad ante el juez propietario, Francisco Lozano Redondo y el secretario suplente, Antonio Martín Serrano, estando también presentes como testigos los empleados del Ayuntamiento José Martínez Naranjo e Isidoro García de Haro (en la inscripción figuran tachados los tratamientos de «Don» y de «Doña» que preceden a los nombres del fallecido y de sus padres).

Más de cuatro años después de su asesinato, el tribunal regional de responsabilidades políticas de Sevilla también decidió tramitar un expediente de depuración contra este vecino de la aldea de Navarredonda, cuya madre había sido asesinada unos ocho meses antes y que con su propia muerte dejó huérfana a una niña de apenas un año, también llamada Amalia como su abuela paterna.

Fuentes: Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo: Causa nº 3/37: legajo 3-42 • Archivo Municipal de El Saucejo: Legajo 35 • Registro Civil de El Saucejo: Libros de defunciones • Archivo de la Diputación Provincial de Cádiz: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla de 11-9-41.