Blas Fernández Moral

Torre del Campo
Jaén

Crónica de un asesinato

Blas Fernández Moral, alcalde socialista de Torredelcampo, fue un claro ejemplo de la eficaz e injusta represión de la dictadura. Entre su detención, el 6 de abril de 1939, y su fusilamiento, el 23 de agosto, pasaron sólo cuatro meses y 17 días. Los militares golpistas, que ganaron la Guerra Civil, le aplicaron, como a miles de destacados dirigentes, un método rápido y eficaz para su arresto, procesamiento, farsa de juicio carente de las mínimas garantías, y sentencia a muerte prácticamente dictada antes de iniciar la farsa del proceso judicial franquista.

Torredelcampo no pasó a manos de los militares golpistas hasta el final de la Guerra Civil. Cinco días después de dada por concluida la contienda, el 6 de abril de 1939, era detenido por la Guardia Civil en su domicilio de Puerta de la Sierra, número 17, Blas Fernández Moral, alcalde socialista, de 45 años, “estatura regular, pelo castaño, barba corrida, cejas grandes color castaño, ojos azules”. De oficio agricultor. Casado con Ana María Pegalajar Fernández y con tres hijos.

Según el parte de la Benemérita, Blas Fernández fue detenido “por haber tomado participación activa en el movimiento marxista durante el período rojo en este poblado, desempeñando el cargo de Alcalde del Frente Popular (…) autor moral de los diferentes asesinatos cometidos en esta población con personas de derechas”.

Antonio Díaz Moral, comandante de puesto de la Guardia Civil de Torredelcampo, firma el atestado que dice textualmente: “motivado el dominio rojo que sufrió esta localidad y vistos los crímenes cometidos, saqueos y otros desmanes cometidos por los rojos, dispone, auxiliado del guardia segundo de la misma comandancia, José Vallés Ramírez, practicar diligencias para descubrir a los autores de tales hechos, procediendo a la detención del Alcalde Presidente de esta localidad”.

El alcalde es por tanto detenido por los crímenes que se cometieron en el pueblo. El general golpista, Mola ya lo había anunciado: “serán encarcelados todos los directivos de los partidos políticos, sociedad o sindicatos no afectos al Movimiento, aplicándoles castigos ejemplares a dichos individuos para estrangular los movimientos de rebeldía o huelgas […] Cualquiera que sea abierta o severamente defensor del Frente Popular debe ser fusilado […] Hay que sembrar el terror, dejar sensación de dominio eliminando sin escrúpulos ni vacilación a los que no piensen como nosotros”.

Las intenciones de quienes ganaron la guerra eran claras: descabezar a partidos y sindicatos de izquierdas tomando duras represalias contra sus líderes y someter a los campesinos y jornaleros más concienciados. La durísima represión franquista quería borrar todo lo que oliera a la II República, una experiencia que había ilusionado a millones de personas de clase humilde y que había supuesto leyes reformistas, progresistas, y democráticas. La forma de erradicar aquella experiencia fue un régimen de terror.

La actividad represiva de los tribunales militares se orientó hacia el exterminio físico de dirigentes izquierdistas y sindicales. Entre esos perseguidos estaban quienes, durante la guerra, en la zona controlada por el gobierno republicano, caso de Torredelcampo, llevaron a cabo transformaciones sociales. Aunque también en esos municipios republicanos planeó la sombra de la persecución de derechistas locales, algunos de los cuales pagaron con su vida. Mientras que asesinatos como los ocurridos en Torredelcampo se practicaron por radicales incontrolados; una vez que la zona pasaba a los militares golpistas los fusilamientos fueron un calculado exterminio ordenado contra dirigentes izquierdistas o jornaleros, protagonistas de conflictos contra los intereses de la patronal.

El 7 de abril de 1939, la Guardia Civil toma declaración a Blas Fernández, quien reconoce: “por elección, desde el 16 de febrero del año 1936, fui nombrado alcalde presidente de este pueblo. El Gobernador Civil de Jaén nombró el comité del Frente Popular para el que también me eligieron presidente del mismo, cargo que he venido desempeñando desde hace ocho meses”. Dice no recordar a las personas que formaban el comité y afirma en su declaración: “en varias ocasiones he intervenido para que el personal del comité y parte de la población civil detuvieran los atropellos que se venían cometiendo en personas de derechas, así como en asesinatos y otros hechos delictivos, sin que lo consiguiera. Sé que un batallón, denominado Salvochea, cometió la mayor parte de los crímenes en la ciudad”. En cuanto a la quema de la iglesia Blas Fernández declara: “en uno de los primeros días del Alzamiento me encontraba en el ayuntamiento, desde allí vi que el edificio ardía a grandes llamaradas. Inmediatamente di aviso por teléfono al Gobernador Civil de Jaén para que mandase a los bomberos, pero cuando éstos llegaron la iglesia se encontraba ya destruida por el fuego […] El Ayuntamiento se hizo cargo de las campanas y las entregué en Jaén, en el Cuartel. Oí decir que dicho metal lo emplearían para hacer moneda. Pero no sé quienes prendieron fuego al templo”.

A preguntas de la Guardia Civil, el alcalde insiste en que no cometió ningún crimen: “únicamente tuve conocimiento por los serenos de la localidad de que en el Paseo de la Estación se encontraban seis personas asesinadas pertenecientes a la familia de los Quesadas. No recuerdo el sereno que me dio la noticia. Seguidamente me personé en el lugar y comprobé que era cierto lo que me dijo el sereno. Di cuenta del suceso en Jaén al Juzgado de Instrucción, y ordené que fuesen recogidos los cuerpos y llevados al Cementerio […] Más tarde se personó el Juez de Instrucción, reconociendo los cadáveres y ordenando el enterramiento. Cuando entré en la casa encontré a una mujer y dos niños pequeños de unos tres años, a los que recogí y entregué a sus familiares” […] “También tuve conocimiento por los serenos de servicio, que no recuerdo tampoco quienes eran, de que en la calle Aguilar se encontraban asesinadas dos personas pertenecientes a la familia de los señores Jiménez. Me personé seguidamente y comprobé que había dentro de la casa dos cadáveres. Ni por los familiares de las víctimas, ni por ninguna otra persona pude saber ni comprobar quienes fueron los autores de dichos crímenes; y ordené también que fueran llevados al cementerio […] Una madrugada se presentó en el Ayuntamiento un individuo, apodado El Gringo, diciendo que en la Cuesta del Pintao había varios cadáveres. Cuando nos personamos en dicho lugar, efectivamente había siete cadáveres amontonados no pudiendo identificarlos por tratarse de personas forasteras. Entre el chofer, el Inspector de policía y yo lo montamos en el vehículo y los trasladamos al cementerio, dándoles sepultura en el mismo. No dimos cuenta a ninguna otra autoridad por encontrarse los cuerpos completamente destrozados y alguno de ellos desnudos en su totalidad […]. También tuve conocimiento de que en la calle Morales se encontraba otro cadáver del que no se el nombre, pero de apodo era El Rubito. También me personé en el lugar ordené el levantamiento del cadáver, y di cuenta al Juzgado de Instrucción quien ordenó el enterramiento. También me enteré de que en la Cuesta de la Señora se encontraban dos cadáveres pertenecientes a la familia apodada El Señorito. De estos no di cuenta, ni se quien los enterrase por estar fuera el Juzgado de esta localidad. Por último en La Moña supe que se halló otro cadáver, y ordené que lo trajesen al depósito en el cementerio. De los que lo trajeron recuerdo que uno de ellos era un hijo de Manolón. Ordené que le dieran sepultura, lo que efectuaron”.

En el tiempo que desempeñé el cargo de presidente del comité detuvieron a unas personas de derechas, pero el día en que llevaron a efecto la declaración yo no estaba en el pueblo porque había ido a Alicante a por trigo para la población civil y para los milicianos que prestaban sus servicios a favor de la República. Cuando volví del viaje me enteré de las detenciones.

Respecto a la entrega de armas al pueblo, Blas Fernández declaró: “El armamento de que disponía el Ayuntamiento se entregó al vecindario de la localidad para montar el servicio de vigilancia en el interior y extramuros”.

El comandante del puesto de Guardia Civil de Torredelcampo Antonio Díaz Mora emite un informe, fechado el mismo día siete de abril de 1939 en el que dice textualmente: “tengo el honor de informar a la superior autoridad como instructor del presente atestado de la declaración del Alcalde rojo detenido Blas Fernández Moral, autor moral de los crímenes realizados en esta localidad, así como de la quemadura de la Iglesia, robos y saqueos, persecuciones a personas de derechas, según se comprueba por la declaración del Inspector de Policía Juan Lanagrán Soriano en el folio dos y dos vuelta, toda vez que al tratar éste de impedir estos hechos delictivos dicho Alcalde le dijo que callara y que hiciera lo que quisieran, a más de trasladar personas asesinadas y darle sepultura sin consentimiento ni autorización de las autoridades competentes, demostrando dicho alcalde con estos hechos, que disponía de poderes suficientes para hacer y deshacer en la forma que creyera conveniente”.

El destino del expediente era el juez instructor del sumario del alcalde socialista torrecampeño. Los sumarios abiertos nada más acabar la Guerra Civil recogían acusaciones contra destacados izquierdistas, como en este caso Blas Fernández, recogidas por la Guardia Civil o por los servicios de vigilancia e información de la Falange. En el expediente del alcalde se adjuntan las declaraciones firmadas por dos testigos de la localidad. Antero Rosa Quesada, de cincuenta años de edad, domiciliado en la calle Cruces número 3 declara que “durante el dominio rojo que sufrió esta localidad dicho individuo desempeñó el cometido de Alcalde Presidente de la misma, que se trata de un sujeto de pésimos antecedentes, que sabe que todos los asesinados eran realizados por dicho alcalde y llevados al cementerio sin que nunca le haya oído decir ni disponer que no debían de cometerse dichos crímenes, pues antes al contrario su presencia ante los grupos criminales y milicianos era satisfactoria para todos, creyendo por tal extremo que si su intervención hubiese sido más benévola para con las personas de derechas no se hubieran cometido la mayor parte de los asesinatos robos e incendios”.

Por su parte Damián Parras Jiménez, de treinta y ocho años de edad, con domicilio en calle Cruces número 18, declara que “el Alcalde es persona de pésimos antecedentes y que siempre ha pertenecido a partidos de izquierda desempeñando el cargo de presidente tanto en la sociedad socialista como en todo lo que afectara al desorden de la población civil, que también sabe que dicho sujeto como alcalde fue el que dio la orden para que lo detuvieran al que declara y fuese ingresado en la cárcel como lo efectuaron por su mandato, también cree que dicho individuo ha sido el mayor causante de los crímenes y robos cometidos, consintiendo a la vez que el domicilio del que declara se lo destrozaran los marxistas, y que sabe que a todos los que asesinaron el referido sujeto se personaba seguidamente y trasladaba los cadáveres al cementerio”.

Estas duras declaraciones y acusaciones de vecinos del pueblo contra los “rojos” eran frecuentes, sobre todo por quienes habían sido objeto de robo, agresión, incautación de bienes, colectivización u otras actuaciones de los comités del Frente Popular. En multitud de ocasiones, sólo las delaciones de vecinos fueron motivo suficiente para arrestar y abrir sumario a miles de personas. La colaboración de derechistas que sufrieron los excesos revolucionarios fue la revancha para vengarse por los daños que les causaron, fueron testimonios teñidos de deseos de venganza.

Las autoridades animaban a la colaboración con las fuerzas de orden público para perseguir y castigar a los asociales, a los antipatriotas, a los traidores o izquierdistas.

Se llegó a la tremenda injusticia de acusaciones infundadas, a veces ridículas, de personas que tenían intereses espurios contra alguno de sus vecinos. Hubo quienes, por miedo a represalias o por dárselas de auténticos leales a los golpistas, se prestaron a practicar todo tipo de acusaciones.

Contra Blas Fernández Moral se abrió el procedimiento sumarísimo de urgencia número: 15.331. Se le acusa de un delito de rebelión militar. El instructor fue Alfonso García Valdecasas y Aureoles, alférez honorario del Consejo de Justicia Militar, quien el 27 de abril de 1939 da cuenta de que ha recibido la documentación y decreta la prisión preventiva del alcalde socialista. Ese mismo día dicho juez remite oficios a la Guardia civil, Falange y Alcalde de Torredelcampo solicitando “que con la mayor urgencia posible practiquen gestiones a fin de determinar los antecedentes, actuación y conducta político-social durante el dominio rojo, del expresado individuo […] Les encarezco que los hechos que al procesado o inculpado se le atribuyen se consignen de un modo claro y conciso, facilitando siempre a ser posible, nombres y domicilios de personas de reconocida solvencia que los puedan acreditar a fin de recibirles declaración”.

Las nuevas autoridades municipales franquistas, los curas párrocos y las secciones locales de FET y de las JONS, se esforzaron para que funcionara la maquinaria represiva. El alcalde, el jefe de Falange, y el cura constituían los tres pilares sobre los que se radicaba el control político y la represión de los vencidos.

Los informes de conducta política y tendencia ideológica eran elaborados por estos tres popes locales.

El 29 de abril de 1939 se remite al Juez Instructor el informe del nuevo alcalde franquista, sobre su antecesor, en los siguientes términos: “Blas Fernández Moral es autor moral y consentidor con todos los beneplácitos de todos los crímenes, saqueos, incautaciones y el resto de los desmanes cometidos en esta villa, durante la dominación roja. Presidente del Ayuntamiento rojo, tiene que conocer conjuntamente con los directivos de las sindicales y partidos políticos, concejales y empleados policíacos del Ayuntamiento todo lo referente a los autores e inductores de lo anteriormente expuesto. Su conducta con anterioridad al 18 de julio de 1936 no podía ser más netamente marxista y es seguramente en unión de otros varios los que habían inculcado a las masas de esta población toda la criminal doctrina soviética; es por tanto si no el único, sí el principal responsable de todo lo acontecido en esta población. Pueden deponer sobre los extremos expuestos al vecino de esta localidad D. Juan Antonio Ruiz Sánchez, Pedro Cobo Rama, y cualquier persona de orden de la misma”.

Prácticamente igual a este informe es el emitido por el Jefe de la Falange de Torredelcampo. Es frecuente ver informes iguales firmados por los poderes franquistas del momento. En los casos de Blas Fernández los informes de alcalde franquista y jefe de Falange añaden que “pueden deponer sobre los extremos expuestos, cualquier persona de orden de esta localidad, por ser bien conocida su actuación”.

Las comisiones gestoras municipales fueron eficaces colaboradoras del aparato represivo del nuevo Estado franquista. Estas comisiones se encargaban de denunciar a izquierdistas, arrestarlos o facilitar sus procesamientos.

Con la misma fecha, 29 de abril de 1939, el informe de la Guardia Civil sobre Blas Fernández afirma: “dicho individuo estaba afiliado al Partido Socialista, ha desempeñado el cargo de Alcalde Presidente de este Ayuntamiento durante la dominación roja, es autor moral y cómplice de todos los asesinatos que se han perpetrado en esta población, en personas de derechas, durante el período marxista, el cual ordenaba el enterramiento de los cadáveres de dichas personas asesinadas; ordenando igualmente los robos y saqueos de los domicilios de dichas personas; ha sido propagandista acérrimo de ideas marxistas y ha ordenado también el encarcelamiento de personas de orden; es considerado elemento peligrosísimo para el régimen actual; pudiendo informar sobre los extremos expuestos el vecino de esta población D. Gabriel Pérez Moral”.

Los nuevos poderes de la dictadura no sólo elaboraban informes sobre las personas a las que se procesaba, también controlaban la conducta moral, incluso los sentimientos íntimos de los señalados por subversivos, amorales o desleales al nuevo régimen. Había una estrecha vigilancia, a la que contribuyeron informadores anónimos. Se llegaba incluso a rondar las casas de los fusilados por la represión franquista para delatar si los familiares lloraban a sus muertos. No se podía ni siquiera velar a los difuntos, cuyo cuerpo, para colmo, no estaba presente porque había sido enterrado en una fosa sin dar conocimiento oficial a sus allegados.

Así, una de las actividades de las nuevas autoridades municipales, nombradas por los militares franquistas, se orientó a la represión de quienes durante los años de la República se significaron como revolucionarios, o leales a los gobiernos de izquierdas. También estas autoridades de la naciente dictadura tuvieron como misión dotar de recursos materiales y productivos a los tradicionales grupos sociales dominantes.

El 6 de mayo de 1939 firma su declaración Blas Fernández Moral, quien dice: “que desde el año 1931 estaba afiliado al Partido Socialista, y desde 1928 a la UGT, que durante un año fue presidente del Partido Socialista de su pueblo; que desde el 16 de febrero de 1936 fue elegido alcalde por el pueblo, habiendo desempeñado dicho cargo hasta la entrada de las fuerzas nacionales; que en el pueblo de Torredelcampo donde él era alcalde durante toda la dominación roja se han asesinado 15 o 16 personas, no sabe cierto el número, como tampoco sabe qué personas hayan intervenido en estos asesinatos; que no ha ordenado saqueos, ni los ha consentido; que en cumplimiento de su obligación ordenaba el enterramiento de las personas de derechas que aparecían asesinadas, previa comunicación al Gobernador de Jaén y al Juez de Torredelcampo; que en los primeros momentos y con ocasión de que detuvieran a cinco o seis personas de derechas el inculpado ordenó que quedaran detenidas pero que lo hizo con el fin de evitar que fueran asesinadas, que en ocasión de haber marchado a Alicante a por trigo se quedó en funciones de alcalde Felipe Godino que mandó detener a cuarenta o cuarenta y dos personas de derechas; que los asesinatos cometidos en Torredelcampo fueron el año de dominación roja y con ocasión de la llegada al pueblo del Batallón Salvochea; que no ha hecho nunca propaganda marxista, ni ha alentado al pueblo a cometer desmanes; que sobre las once o doce de la noche del día que no recuerda del año pasado se personaron en el Ayuntamiento una mujer y un niño diciendo que habían detenido a unos familiares de ellos y que la detención había sido hecha por orden del alcalde, marchando inmediatamente a averiguar el lugar donde estaban detenidas las referidas personas y encontrándolas al fin y hablando con uno de los que las custodiaban, llamado El Botones; ordenándoles que los dejara en libertad, como así lo hicieron”. Que pueden testimoniar sobre la buena fe y no participación en los hechos delictivos ocurridos en Torredelcampo D. Antonio Cabrero Font, médico de dicha villa, y D. Antonio Zafra. Esta declaración tiene un añadido: “que en vista de los abusos que se cometían pidió al Gobernador fuerzas para evitarlos, consiguiendo al fin éstas y desapareciendo por completo aquéllos”.

Con esta misma fecha, 6 de mayo de 1939, el Juez Militar número 7, Alfonso García Valdecasas y Aureoles, envía un escrito al Juez Municipal de Torredelcampo haciéndole saber que en el procedimiento sumarísimo de urgencia “que sigo contra Blas Fernández Moral por el delito de Rebelión Militar he dictado Providencia en cumplimiento de la cual deberá tomar declaración a los vecinos de ese pueblo D. Antonio Cabrera Font, médico de dicha villa y D. Antonio Zafra”. El Juez Militar expone el interrogatorio que deberá formularse a los testigos; entre las preguntas: si conocen al procesado y su actuación durante la etapa roja.

El 8 de mayo de 1939 está fechado el documento que recoge las declaraciones de dichos testigos por parte del Juez Municipal, Adolfo López Jiménez.

Antonio Cabrero Font, natural de Ibros, vecino de Torredelcampo, casado, y de profesión médico, declaró: “que sí conoce al procesado Blas Fernández Moral, que ha ejercido el cargo de Alcalde, durante la dominación roja, y que la actuación del mismo ha sido la propia en un elemento netamente izquierdista. Que el declarante aunque ha sufrido registros y molestias en su domicilio, comprobó o por lo menos cree, que lo fueron sin licencia ni autorización del Alcalde. Ahora bien, en esta villa se han cometido desmanes que el dicente no sabe si son o no conocidos por el alcalde, Blas Fernández”.

Antonio Zafra Sánchez, soltero, de profesión propietario, dijo: “que conoce a Blas Fernández Moral, el cual se portaba bien antes de ser alcalde, pero mientras la dominación roja, su actuación ha sido buena para muchos y mala para otros, según recuerda, pues el declarante se acostaba muy temprano y no salía casi nada a la calle”.

El Juez Militar también pide que declaren: Gabriel Pérez Moral, Pedro Cobo Rama y Juan Antonio Ruiz Sánchez.

Gabriel Pérez Moral declara ante el Juez Municipal que: “ignora si el Alcalde Blas Fernández Moral cometió materialmente algún delito, si bien durante su mandato se cometieron crímenes, robos, saqueos e incendios en la Iglesia, y otros desmanes, sin saber, si se cometían con su autorización”.

Juan Antonio Ruiz Sánchez declara que: “Blas Fernández Moral, Alcalde que fue del Ayuntamiento rojo, es persona de pésimos antecedentes, obró en la Alcaldía como un verdadero ladrón, haciendo esta afirmación, porque precisamente al declarante, le robó dos mil pesetas, amenazándome con encerrarme en el calabozo si no las entregaba, para lo cual mandó a un íntimo suyo. Que con posterioridad me robó, entre el Fernández y el Presidente de la Casa del Pueblo, dos mil arrobas de aceite que tenía en el molino. Que ha consentido en esta villa, infinidad de crímenes, robos, saqueos, incendios y toda clase de desmanes, encontrándose el pueblo, cuando fue liberado por las tropas Nacionalistas, en completa ruina y dolor”.

El auto de procesamiento, firmado por Alfonso García Valdecasas y Aureoles el 10 de mayo de 1939, expresa: “Blas Fernández Moral, socialista antiguo, afiliado a la UGT Alcalde y Presidente del Frente Popular de Torredelcampo, autor moral y cómplice de todos los asesinatos allí perpetrados, ordenando robos y saqueos en las personas de derechas, propagandista acérrimo de ideas marxistas, del que partieron órdenes de detención para muchos vecinos del citado pueblo”. Según el juez, estos hechos “son constitutivos del delito de Rebelión Militar”, por lo que le procesa y ratifica la prisión preventiva. El secretario se lo notifica al acusado “y le hice saber su derecho a nombrar defensor entre los que se hallen de turno y aportar para el momento de la celebración del Consejo de Guerra las pruebas de descargo que estime consecuentes a su defensa”.

Indagatoria del encartado

Preguntado si ha sido autor o cómplice de alguno de los asesinatos cometidos en el pueblo en personas de derechas, dice que no.

Preguntado si ordenaba el enterramiento de los cadáveres de personas de derechas asesinadas, dice que él lo comunicaba al Juez de Torredelcampo, al de Jaén y al Gobernador Civil.

Preguntado si ha ordenado la comisión de robos y saqueos en los domicilios de las personas de derechas, dice que no.

Preguntado si ha hecho propaganda de ideas marxistas ordenando también el encarcelamiento de personas de orden, dice que no, pero que ha hablado algunas veces en la Casa del Pueblo.

Preguntado si por mediación de un amigo suyo y con la amenaza de encerrarle en el calabozo pidió a D. Juan Antonio Ruiz Sánchez dos mil pesetas, dice que no.

Preguntado si robó a dicho señor, en unión del presidente de la Casa del Pueblo dos mil arrobas de aceite que tenía en un molino de su propiedad, dice que no.

Preguntado si en ocasión de que quemaban la Iglesia del pueblo prohibió al Inspector de Policía, Juan Lanagrán Soriano, que interviniera en el citado hecho para evitarlo, dice que no es cierto que Lanagrán le pidiese permiso para evitar el incendio y que él llamó a Jaén para avisar al Gobernador Civil y al Parque de Bomberos de lo que ocurría.

Preguntado si alguna vez como Alcalde, y como Presidente del Comité del Frente Popular dio orden para que no se cometieran más asesinatos, dice que constantemente las daba pero no le hacían caso.

Preguntado si dio orden para que se detuviera a Damián Parra Giménez de Torredelcampo por lo que fue interrogado en la cárcel, dice que no.

Preguntado si tiene algo más que manifestar, dice que quiere aclarar, con respecto a la declaración prestada ante la Guardia Civil que las armas para hacer un servicio de vigilancia no las mandaba recoger él, sino que cada cual recogía las que quería, que él lo único que ha hecho ha sido mandar recoger algunas, pero casi todas pertenecientes a elementos de izquierdas y que la dinamita que había en el Ayuntamiento era de una cooperativa y destinada a hacer caleras y que él la recogió para entregársela a los yeseros.

Condena a muerte

En Jaén a 13 de mayo de 1939 se reúne el Consejo de Guerra y “leídas las actuaciones en audiencia pública y practicadas las pruebas”, el Ministerio Fiscal considera que los hechos imputados a Blas Fernández Moral son constitutivos de Rebelión Militar pidiendo la pena de muerte. La defensa solicita pena inferior en un grado a la pedida por el Ministerio Fiscal.

El Consejo de Guerra oídos los informes del fiscal y defensor y las manifestaciones del encausado establece como probado que “Blas Fernández Moral socialista antiguo, afiliado a la UGT y presidente de la agrupación socialista, Alcaldía del frente popular en Torredelcampo y supremo dirigente marxista de dicho pueblo, propagandista acérrimo de las ideas marxistas y primer responsable de los robos, saqueos, incendio de la Iglesia, detenciones de personas de orden, y dieciséis asesinatos cometidos durante la dominación roja entre los cuales pueden contarse siete hombres de la familia Quesada y dos de la familia Jiménez, pues aunque no consta su participación directa en estos crímenes, si era el supremo rector del pueblo y queda comprobado en autos que él mismo, al día siguiente de la noche en que se cometieron los asesinatos disponía lo necesario para el enterramiento de las víctimas; amenazó con encerrar en un calabozo a Don Antonio Ruiz Sánchez, si no le entregaba dos mil pesetas; intervino en incautaciones de aceite y es un sujeto peligrosísimo para el Movimiento Nacional”. Considera que estos hechos constituyen un delito de rebelión militar e impone “a Blas Fernández Moral, la pena señalada al delito cometido, aplicándola en su grado máximo por consentir respecto del mismo las circunstancias agravantes de peligrosidad social y gravísima trascendencia de los hechos ejecutados”.

FALLAMOS: que debemos condenar y condenamos al procesado Blas Fernández Moral, a la pena de muerte, como autor responsable de un delito de rebelión militar con las agravantes apreciadas. Se declara civilmente responsable, cuya responsabilidad deberá fijarse y hacerse efectiva en la forma que establezca la Ley”.

La pena es ratificada por un Tribunal Militar en Sevilla el 5 de junio de 1939 que considera “que la prueba ha sido racional y debidamente apreciada, siendo congruente con ella la calificación legal y justa la pena impuesta, no apreciándose vicios de nulidad en las actuaciones que pudieran desvirtuar el valor procesal de la misma”.

Por último el documento fechado en Sevilla el 18 de agosto de 1939 dice telegráficamente: “Recibido el teletipo de S. E. el Generalísimo, dándose por enterado de la pena impuesta a Blas Fernández Moral, notifíquese y ejecútese el fallo recaído”.

En Jaén, el 22 de agosto de 1939, a las 23 horas, Blas Fernández Moral entra en capilla “requiriéndole para que reclame los auxilios espirituales y de otra clase que estime necesarios”.

El 23 de agosto de 1939 “se hace constar a las 23 horas del día de hoy y en el cementerio de Jaén ha sido ejecutada la pena de muerte en la persona de Blas Fernández Moral”. Reconocido el cuerpo del reo por el médico Don Manuel Oña Iribarre, quien certifica su defunción. Tras lo que se procedió al sepelio del cadáver y su enterramiento en la fosa común del cementerio de San Eufrasio de Jaén capital.